PLAN DE PENSIONES

PLANES DE PENSIONES
Un seguro diseñado para garantizar un capital en el momento de jubilación

COBERTURAS:

● Jubilación del partícipe.

● Invalidez permanente total (o en grado superior) del partícipe.

● Fallecimiento del partícipe por cualquier causa.

●Dependencia severa y Gran Dependencia

●Liquidez en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración.

●Flexibilidad total en las aportaciones, con un límite anual establecido por ley en función de la edad del partícipe.

●Reducción en la base imponible del IRPF de todas las aportaciones anuales realizadas.

●Cobro de las prestaciones en forma de capital, rentas o mixta, tributando como rendimientos de trabajo.

●La ley permite la movilización total o parcial de los Derechos Consolidados entre Planes de Pensiones de la misma o distinta gestora, o entre PPA´s y Planes de Pensiones, sin gastos y en un plazo máximo de 15 días desde su comunicación.
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